Todos los voluntarios renuncian a sus derechos de imagen en el reto. La organización podrá utilizar las imágenes de la carrera por motivos
El derecho a la propia imagen es un derecho reconocido en el artículo 18.1 de la Constitución y regulado en la Ley 5/1982, de 5 de mayo, sobre el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar, ya la propia imagen, así como en la aplicación de la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal.
El voluntario y la voluntarias que se inscribe en la Somvallès Trail, autoriza al Club de Deportes de Montaña de Cerdanyola la filmación de su participación en la Som Vallès Trail, y da su consentimiento para su difusión y explotación comercial y publicitaria de todas las imágenes tomadas durante la prueba, en las que resulte claramente identificable. En ningún caso se utilizarán para finalidades distintas de las indicadas.